Estados Unidos podría reclamar ante el TAS.

Estados Unidos se vio directamente perjudicado, ya que este resultado, sumado a su derrota ante Trinidad y Tobago por 2-1, lo dejó afuera de la próxima Copa del Mundo. Ahora, desde los escritorios buscarán el milagro.

Un artículo de la Concacaf contempla apelaciones ante el máximo organismo arbitral en caso de fallos de estas dimensiones. Además, la FIFA cuenta con un antecedente reciente entre Sudáfrica y Senegal por Eliminatorias, en el que el partido volvió a disputarse.

La decisión del árbitro Walter López de validar el tanto, cuando la pelota no había cruzado la línea de gol, desató el escándalo, sobre todo después de que Panamá se proclame ganador del partido, con un 2-1 en el marcador, y consiga el pasaje al Mundial de Rusia 2018.

El artículo 54 de la Concacaf completo:

1-En calidad de órgano de arbitraje de apelaciones, el TAD tendrá derecho de conocer de las apelaciones contra las decisiones definitivas adoptadas por CONCACAF.

2. Solo las partes afectadas directamente por la decisión podrán apelar al TAD. No obstante, en el caso de decisiones en materia de dopaje, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) podrá apelar al TAS.

3. El plazo de apelación ante el TAS será de veintiún (21) día a partir de la recepción de la decisión.

4. Solo se podrá apelar ante el TAS cuando se hayan agotado todas las vías internas de CONCACAF o de la FIFA.

5. La apelación no tendrá efecto suspensivo de la sanción disciplinaria, a menos que el TAS ordene que la sanción disciplinaria se suspenda mientras se tramita el recurso de apelación.

6. El TAS no valorará hechos o pruebas que el apelante pudiera haber presentado a un órgano interno de CONCACAF actuando con la diligencia debida según las circunstancias pero que no pudo o no quiso presentar.